PUBLICACIÓN DE LA NORMA ISO 45001:2018
El 12 de marzo ha sido publicada la norma ISO 45001. Esta norma establece los requisitos para implantar un Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo en cualquier organización, independientemente de su tamaño o actividad, con la finalidad de mejorar las condiciones de trabajo, eliminar o minimizar los peligros y riesgos y reducir el número de accidentes y enfermedades laborales.
Basada en referenciales ampliamente reconocidos, como OHSAS 18001, la nueva norma ISO refuerza la integración de la seguridad y salud laboral en la estrategia general de negocio de las organizaciones y además, todos sus requisitos están diseñados para ser integrados con otras normas, como ISO 9001:2015 y la 14001:2015.
La publicación de ISO 45001 supone la anulación de OHSAS 18001, por lo que las empresas certificadas conforme a esta norma deberán realizar la transición a ISO 45001 en un plazo máximo de 3 años, antes del 12 de marzo de 2021.
SISTEMA DE REDUCCIÓN DE COTIZACIONES A EMPRESAS QUE HAYAN DISMINUIDO LA SINIESTRALIDAD LABORAL
El Real Decreto 231/2017, de 10 de marzo permite reducir las cotizaciones por contingencias profesionales de todas aquellas empresas que hayan conseguido una baja siniestralidad laboral. Las condiciones para ser beneficiario son las siguientes:
1) Haber cotizado a la Seguridad Social con un volumen total de cuotas por contingencias profesionales superior a 5.000€ durante el periodo de observación o haber alcanzado un volumen de cotización por contingencias profesionales de 250 euros en un periodo máximo de cuatro años.
2) Encontrarse en el periodo de observación por debajo de los límites que se establezcan respecto de los índices de siniestralidad general y siniestralidad extrema a que se refiere el RD.
3) Encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones en materia de cotización a la Seguridad Social.
4) No haber sido sancionada por la comisión de infracciones graves o alguna muy grave en prevención de riesgos laborales o de Seguridad Social.
5) Cumplir con las obligaciones básicas en prevención de riesgos laborales, enumeradas en la Declaración Responsable del formulario de solicitud.
6) Haber informado a los delegados de prevención de la solicitud del incentivo.
CUANTÍA
La cuantía del incentivo será el 5% del importe de las cuotas por contingencias profesionales de cada empresa. Sin embargo, cuando existan inversiones en acciones preventivas complementarias, el incentivo alcanzará el 10% de las cuotas o el límite de la inversión.
TRAMITACIÓN
Las solicitudes se pueden presentar entre el 15 de abril y el 31 de mayo de 2018 a través de la mutua de accidentes de trabajo.